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ACREDITACION DE CARRERAS EN ARGENTINA

La Resolución del MCE N°1168/97 del Ministerio de Cultura y Educación indica que la acreditación alcanza tanto a las carreras en funcionamiento, tengan o no egresados, como a los proyectos de carreras. Por su parte, el Decreto 499/95 establece que la acreditación de las carreras tiene una validez de tres años a cuyo término se debe solicitar una nueva acreditación, cuya duración en este caso es de seis años. En cuanto a las carreras que no tengan egresados, la mencionada resolución del MCE 1168/97 fija que ellas deberán ser acreditadas por tres años hasta tanto cuente con egresados.


La CONEAU categoriza las carreras cuyas instituciones universitarias así lo soliciten.

1. CARRERAS CON CICLO DE DICTADO COMPLETO
.


1.1. Dentro de esta categoría se consideran aquellas carreras que han cumplido por lo menos un ciclo completo de dictado y tienen egresados. Serán acreditadas por tres años en la primera convocatoria y por seis a partir de la segunda.


1.2. Las carreras que ya fueron acreditadas por la
Comisión de Acreditación de Posgrados (CAP) y tienen egresados  son acreditadas por seis años a partir de la primera convocatoria de la CONEAU.


1.3. Si la institución universitaria lo solicita, las carreras acreditadas son categorizadas de acuerdo con los perfiles definidos por la CONEAU. Existen tres niveles de categorización:

A, si son consideradas excelentes.

B, si son consideradas muy buenas.

C, si son consideradas buenas.



2. CARRERAS NUEVAS

 

2.1. Se consideran carreras nuevas aquellas que no han completado el ciclo completo de dictado. Serán acreditadas por tres años.


2.2. En el caso de las carreras nuevas se aplican los mismos criterios de acreditación que para el caso anterior, sin tomar en cuenta la información relativa a egresados.

2.3. Si la institución universitaria lo solicita,  las carreras son categorizadas de acuerdo con los perfiles definidos por la CONEAU. Existen tres niveles de categorización:

An, si son consideradas excelentes.

Bn, si son consideradas muy buenas.

Cn, si son consideradas buenas.



3. PROYECTOS DE CARRERAS
.


3.1. Se consideran proyectos de carreras las propuestas que cuentan con resolución oficial de creación de la institución que las presenta, sin haberse iniciado las actividades académicas.

3.2. Los proyectos que reúnan los requisitos mínimos serán acreditados provisoriamente por un año hasta tanto comiencen las actividades académicas y puedan ser acreditados como carreras nuevas.


3.3 Los proyectos de carreras no se categorizan.

 

CARRERAS DE POSGRADO

Se reconocen los siguientes tipos de carreras de posgrado:

 a) Especialización

 b) Maestría

 c) Doctorado.

 

a. Especialización: tiene por objeto profundizar en el dominio de un tema o área determinada dentro de una profesión o de un campo de aplicación de varias profesiones, ampliando la capacitación profesional a través de un entrenamiento intensivo. Cuenta con evaluación final de carácter integrador. Conduce al otorgamiento de un título de Especialista con especificación de la profesión o campo de aplicación.



b. Maestría: tiene por objeto proporcionar una formación superior en una disciplina o área interdisciplinaria, profundizando la formación en el desarrollo teórico, tecnológico, profesional, para la investigación y el estado del conocimiento correspondiente a dicha disciplina o área interdisciplinaria. La formación incluye la realización de un trabajo, proyecto, obra o tesis de carácter individual, bajo la supervisión de un director y culmina con la evaluación por un jurado que incluye al menos un miembro externo a la institución. El trabajo final, proyecto, obra o tesis debe demostrar destreza en el manejo conceptual y metodológico correspondiente al estado actual del conocimiento en la o las disciplinas del caso. Conduce al otorgamiento de un título académico de Magister con especificación precisa de una disciplina o de un área interdisciplinaria.

 

c. Doctorado: tiene por objeto la obtención de verdaderos aportes originales en un área de conocimiento, cuya universalidad debe procurarse en un marco de nivel de excelencia académica. Dichos aportes originales deben estar expresados en una tesis de Doctorado de carácter individual realizada bajo la supervisión de un director de tesis y culmina con su evaluación por un jurado con mayoría de miembros externos al programa y donde al menos uno de éstos sea externo a la institución. Dicha tesis conduce al otorgamiento del título académico de Doctor.

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